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Los riesgos de la suspensión son incalculables

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Sede de la FIFA en Zúrich, Suiza. Foto: Archivo El País.
FABRICE COFFRINI

FIFA

Si los clubes no ceden terreno en su determinación de realizar primero el acto eleccionario antes que aprobar los nuevos Estatutos, además de verse impedidos de competir en los torneos internacionales puede llegar daños más graves.

La suspensión de la AUF, una medida cautelar que la FIFA puede aplicar por entender que se incumplió gravemente con las obligaciones aprobadas para el ingreso a su organización, está encima de la cabeza de los dirigentes uruguayos. Los riesgos de esta determinación, que regularmente se utiliza como mecanismo de presión para lograr lo que FIFA persigue, podrían terminar teniendo costos incalculables para el fútbol uruguayo.

En efecto, la intransigencia de las partes parece tener un destino casi asegurado, porque ni la Conmebol que preside Alejandro Domínguez quiere otorgarle a Uruguay una concesión más y los clubes que recurrieron la intervención de FIFA al TAS no están dispuestos a aprobar los nuevos estatutos antes que se lleve adelante el acto eleccionario para elegir nuevas autoridades.

Los clubes están convencidos que la AUF no violó ninguna norma jurídica en el proceso que se está llevando adelante y que, por ende, la decisión de Conmebol y FIFA no se ajusta a derecho. Argumento que sostienen a rajatabla y que, por encima de todo, hoy pone a la AUF al borde del precipicio.

De hecho la primera alternativa que manejaban para poder resolver esto a su favor se desmoronó por completo al no poder tener una acción en el TAS por la vía rápida. De manera tal que una resolución del Tribunal de Arbitraje Deportivo sobre su apelación no llegará antes del 2 de diciembre. ¿Qué significa esto? Que si los estatutos no están aprobados antes de esa fecha, se decretará la suspensión de la afiliación.

medidas

¿Qué implica la suspensión de la afiliación?

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En primer lugar remarquemos que la suspensión de la FIFA se impone cuando un miembro incumple gravemente sus obligaciones. Esto lo determina el Comité Ejecutivo de la FIFA, pero debe ser ratificado por el Congreso de la FIFA para que sea definitiva.

Sus efectos, de acuerdo con el artículo 14.3 de los estatutos FIFA son los siguientes: no se puede mantener contacto con otros miembros en el plano deportivo; perdida del derecho a voto en el Congreso de FIFA.

Además, se dejará de pertenecer al fútbol organizado y de esa manera se pierden todos los beneficios de pertenecer a éste. Aquí está lo incalculable de la suspensión de la afiliación.

Si bien es cierto que esto habitualmente se utiliza como mecanismo de presión de FIFA, de hecho existen posibilidades de imponer otras sanciones, a través de la Comisión Disciplinaria. Además, al quedar fuera de la órbita de fútbol organizado se caen los acuerdos contractuales que se hicieran bajo su marco. Ergo: puede llegar incluso a afectar los vínculos con los jugadores profesionales y hasta con los chicos de las divisiones formativas.

Acción

¿Tiene el poder para hacerlo?

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Los estatutos de la FIFA establecen claramente que las federaciones miembro están obligadas a observar en todo momento los estatutos, los reglamentos, las disposiciones y las decisiones de los órganos de la FIFA. El incumplimiento de ello da lugar a las sanciones expuestas.

Además de ello, lo que debe establecerse es que la FIFA siempre puede decidir excluir o suspender a una asociación porque se basa en la legislación Suiza. Si quisiera, no necesita de razones para admitir o no admitir a una asociación.

O sea, la FIFA puede suspender a cualquier federación de fútbol del mundo violando las leyes de los diferentes países mientras estén dentro de sus facultades de organización privada.u200b

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