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El fallo demoró, pero llegó

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Imágenes aurinegras en el museo de la Conmebol. Foto: @angel_aste

COPA LIBERTADORES

El ente sudamericano hace caso omiso al pedido del conjunto xeneize, aseguró que el partido se jugará en Madrid y dio a conocer las sanciones a River Plate.

Conmebol dio a conocer el fallo. Demoró, pero salió y finalmente el conjunto millonario tendrá dos partidos a puertas cerradas por competencias internacionales, a partir de 2019.

A su vez, se le impuso una multa de 400.000 dólares que serán quitados automaticamente de los premios y los derechos televisivos y todo esto lleva a que el encuentro se jugará y que, pese a que Boca apelaría esta decisión, se presentará al partido temiendo sanciones graves.

El Tribunal de Disciplina no hizo lugar al reclamo de Boca Juniors sobre la descalificación de River Plate y por eso mismo el encuentro se disputará. De todas maneras, Boca apelará esta decisión incluso aunque termine disputando el encuentro.

Minutos después del fallo, Alejandro Domínguez, presidente de la Conmebol, aseguró las sanciones a River Plate, volvió a expresar que el fútbol no se va a detener por unos pocos y además fecha, hora y sede del partido.

Domínguez sentenció que la final de la Copa Libertadores se disputará el próximo 9 de diciembre a las 20.30 horas de España, 16.30 de Montevideo, en el estadio Santiago Bernabeu, con puertas abiertas para todos los hinchas, tanto de River como de Boca, que quieran asistir.

El presidente de Conmebol aprovechó para agradecer a Pedro Sánchez, presidente de España, Gianni Infantino, presidente de FIFA, Alexsandr Ceferín, presidente de UEFA y Luis Rubiales, presidente de la Federación Española de Fútbol, además de agradecer a las ciudades que abrieron las puertas para recibir la final de la Libertadores.

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A continuación el comunicado completo.

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El Tribunal de Disciplina de la CONMEBOL,

RESUELVE

1º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE una sanción consistente en jugar sus próximos 2 (dos) partidos como local en competiciones oficiales organizadas por la CONMEBOL a puertas cerradas. Esta sanción iniciará su vigencia a partir del año 2019.

En consecuencia, única y exclusivamente podrán acceder al estadio las siguientes personas o grupos de personas:

a) Un máximo de 70 (setenta) miembros de la delegación del CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE, incluidos los jugadores, cuerpo técnico, personal médico, restantes oficiales y directivos del Club.

b) Un máximo de 20 (veinte) personas en su condición de directivos o miembros de la Asociación del Fútbol Argentino.

c) Periodistas acreditados, siempre y cuando la lista de acreditaciones con los detalles y la identidad de los periodistas haya sido entregada al Delegado de la CONMEBOL con al menos 24 (veinticuatro) horas de antelación a la hora de inicio del partido. Los periodistas deben realizar su trabajo en los lugares habituales de labor.

d) Personal técnico encargado de la transmisión televisiva del encuentro.

e) 12 (doce) Pasapelotas.

f) Policías y empleados de seguridad que tengan asignadas tareas específicas en relación con la seguridad del partido.

g) Personas que desempeñan funciones en relación con la infraestructura del estadio (iluminación, limpieza, etc.)

h) La delegación de los equipos visitantes hasta un máximo de 70 personas
incluidos los jugadores, cuerpo técnico, personal médico, restantes oficiales y directivos del Club.

2º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE una multa de USD 400.000
(CUATROCIENTOS MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisación o Patrocinio.

3º. NOTIFICAR, al Club Atlético River Plate y a la Dirección de Competiciones de Clubes de la CONMEBOL.

Contra esta decisión cabe recurso ante la Cámara de Apelaciones de la CONMEBOL en el plazo de siete días corridos desde día el siguiente a la notificación de la decisión con fundamentos. El recurso deberá cumplir con las formalidades exigidas en los artículos 59 y siguientes del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL. De conformidad con el Art. 63.5 del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de apelación de USD. 1.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES MIL) ha de ser abonada mediante transferencia bancaria.

Firmado por: Eduardo Gross Brown, Presidente, Amarilis Belisario Vicepresidente y Cristóbal Valdes, miembro

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