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AUDAF se reunió con AUF y pide aplicación estricta del Código Disciplinario

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La AUDAF tendrá su asamblea este martes. Foto: Gerardo Pérez.
Gerardo Perez

FÚTBOL URUGUAYO

La intención pasa porque el mismo sea aplicado a todos los actores del fútbol uruguayo, entre ellos los dirigentes de los clubes y fue recibido de forma positiva.

Horas de incertidumbre se viven en el fútbol uruguayo. La suspensión de la actividad durante el fin de semana no hizo que los actores del fútbol uruguayo no se vean las caras ayer por la tarde.

De hecho, luego de la reunión que llevó a cabo el Ejecutivo de la AUF el pasado sábado, este domingo tocó el turno de que estos se juntaran con representantes de la Asociación Uruguaya de Árbitros de Fútbol (AUDAF) para conocer de primera mano su parecer.

La solicitud de los árbitros fue clara y además bien recibida por los miembros de la AUF que se hicieron presentes en esta reunión: la aplicación estricta del Código Disciplinario a todos los actores, incluso a los dirigentes y autoridades de los clubes del fútbol uruguayo.

Esto se refiere a distintas situaciones que les tocó vivir a los jueces en las últimas fechas y que más allá de que en muchas de ellas estuvieron involucrados los hinchas, en otras los agraviantes llegaron de parte de la gente del fútbol.

La respuesta fue positiva y de hecho de parte de la AUF se consideró una buena opción que se podía comenzar a aplicar inmediatamente y así otorgarle otro tipo de garantías a los árbitros que hoy atraviesan un momento complicado.

De hecho, el Código Disciplinario ya establece algunas sanciones a dirigentes o autoridades de los clubes que tendrían entre algunas penas u201cla inhabilitación de sus derechos emergentes de su condición con la AUF de uno a tres mesesu201d o también sanciones económicas entre las 15 y las 50 Unidades Reajustables.

DOCUMENTO

¿Qué se indica en el Código Disciplinario?

I) - Cuando el responsable de una infracción prevista en los artículos 9.1, 9.2, y 9.3,
sea dirigente o funcionario jerarquizado de una institución, con excepción del entrenador de fútbol, la pena resultante será de inhabilitación de sus derechos emergentes de su condición con la A.U.F. de uno (1) a tres (3) meses.

II) - Los fallos de todos los tribunales de la A.U.F., así como las actuaciones de los
Jueces y del Colegio de Árbitros no podrán ser discutidos por el Consejo Ejecutivo ni por la Asamblea, ni ser objeto de comentario público por parte de los clubes, dirigentes, jugadores, árbitros, líneas, etc. La infracción a este norma determinará la aplicación de las siguientes sanciones:

a) Cuando la infracción la cometieran los clubes por vía de sus autoridades o
funcionario invocando la representación del club, sin que medie rectificación dentro de las 72 horas, una multa mínima de 15 UR y máxima de 50 UR;

b) tratándose de dirigentes de clubes a título personal, será de simple observación a
un año de suspensión, a contar del fallo del Tribunal de Ética. La suspensión implicará inhabilitación para ejercer funciones como dirigente de un club ante los órganos de A.U.F., ocupar cargos en la A.U.F., así como representarla ante cualquier organismo; hacer uso de los derechos y prerrogativas que otorgan a los dirigentes las normas de la A.U.F., debiendo depositar ante el propio Tribunal de Ética su carne AUF correspondiente, durante el período que dure la sanción.

III) Tratándose de presidentes o representantes de clubes, en el momento de
cometerse la falta, generarán la responsabilidad del club, sin perjuicio de la personal ante el Tribunal de Ética.

IV) Cuando la infracción la cometiesen los jugadores y demás funcionarios de un
club deberán estos abonar una multa de 5 UR. Mientras no se abonen las multas establecidas los infractores quedarán inhabilitados para actuar.

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Fue un acercamiento y eso puede significar mucho para los árbitros que ahora tendrán su asamblea este martes, donde se resolverá si la actividad regresa (como todo parece indicar) o si habrá que seguir esperando para vivir el final de los distintos torneos del Campeonato Uruguayo 2019.

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